Es fundamental que los profesionales de la salud contratados para habilitar consultorios comprendan que la custodia de la historia clínica recae sobre ellos, según lo estipulado en la Resolución 0839 de 2017. Además, es posible proteger el good will del establecimiento mediante un acuerdo en el que el profesional se comprometa a no utilizar la base de datos de pacientes para su beneficio personal.
Simultáneamente, el dueño del establecimiento debe comprometerse a no guardar copias de las historias clínicas, asegurando así el cumplimiento de todos los términos legales. Este tipo de acuerdos no solo protege la integridad de la información, sino que también fomenta una relación de confianza y profesionalismo entre las partes involucradas